Condenaron a un joven por un “Abuso sexual” ocurrido en Coronel Granada en 2014
El hecho ocurrió el 28 de diciembre de ese año, en una zona rural de la localidad. Segundo Trida, quien entonces tenía 16 años, hizo caso omiso del pedido de una chica de la misma edad de detener una relación, ya que estaba sufriendo una hemorragia. En un marco totalmente desfavorable, la chica llegó a la sala sanitaria, donde perdió el conocimiento. Estuvo un mes inconsciente, con grave riesgo de vida.
Ameghino, 16 May. (El Ojo).- Tras un largo proceso de casi diez años, la Justicia condenó a un joven oriundo de la ciudad cordobesa de Bell Ville a tres años de prisión, de ejecución condicional, por el delito de “Abuso sexual con acceso carnal” contra una chica de Coronal Granada, quien estuvo representada por el doctor Federico Carlos Mastropierro, por un hecho ocurrido cuando ambos eran menores de edad.
El pasado 25 de abril, la jueza Karina Piegari, la titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 1 del Departamento Judicial de Junín, dictó la sentencia del proceso que investigaba los hechos ocurridos durante la noche del 28 y la madrugada del 29 de diciembre del 2014.
En aquella ocasión, Segundo Trida, quien ahora tiene 25 años pero que entonces tenía 16, había abusado sexualmente de una joven que tenía la misma edad, en el marco de una relación en que la víctima había expresado su negativa debido al dolor y al sufrimiento, algo a lo que el acusado había ignorado.
La resolución del proceso se dio por un acuerdo de juicio abreviado, realizado por las partes el 15 de abril pasado, y luego de que el fiscal Matías Noverazco, el titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 12, del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, del Departamento Judicial de Junín propusiera el cambio de carátula a “Abuso sexual con acceso carnal”, algo que fue aceptado por las partes.
Trida admitió su culpabilidad, pero ni él ni su familia mostraron arrepentimiento hacia la víctima.
En este marco, Piegari condenó a tres años de prisión, de ejecución condicional, y determinó la prohibición de mantener contacto de cualquier tipo, molestar, hablar y/o comunicarse por cualquier medio con la víctima.
LOS HECHOS
Corría el verano del 2014 en Coronel Granada, un pueblo chico del Partido de General Pinto, en el noroeste de la provincia de Buenos Aires.
La noche del 28 de diciembre estaba despejada. Un amigo invitó a una chica a una quinta cercana al pueblo para hacer una “previa”. Ella aceptó y fue en compañía de una amiga. Partieron caminando, pero, recorridas algunas cuadras, Trida, quien vivía en Bell Ville pero viajaba asiduamente a Coronel Granda, las pasó a buscar en el auto de un familiar y las llevó.
Ya en la quinta, Trida le envió un mensaje de texto a un amigo para que le preguntara a una de las chicas si quería ir a dar vueltas en el auto por el pueblo, a lo que la joven accedió. Salieron, pero, en vez de ir hacia Coronel Granada, él se desvió del camino, sin hablar una palabra, y la llevó lejos, hacia una calle de tierra, en medio de la zona rural, en un lugar totalmente oscuro.
Trida le propuso tener relaciones sexuales. En principio, la joven se negó, y alegó que no le parecía un lugar adecuado y que estaba insegura de la situación. Trida era rugbier y bastante corpulento, y finalmente logró convencerla.
Ni bien inició el acto, la chica no aguantó el dolor y comenzó a pedirle que se detuviera porque no soportaba, algo que el joven no hizo y le dijo: “Ya te va a gustar”.
Después del hecho, él bajó del auto a fumar mientras ella buscaba la ropa para vestirse rápidamente. Ahí notó que el asiento estaba manchado y empapado de sangre. Le avisó de su hemorragia y el joven respondió riendo: “No importa. Yo sabía que esto iba a pasar. Mañana limpio el auto con una manguera”.
Volvieron a la quinta y ella, ante la desesperación de ver sus piernas manchadas con sangre, logró pedirle a Trida, antes de que entrara apurado a la casa, que llamara a su amiga, quien avisó que se irían porque la joven víctima se sentía mal. Tuvieron que irse caminando, ya que Trida no se ofreció a llevarlas. El suyo era el único auto que había el lugar.
Salieron caminando solas por un largo camino de tierra en dirección a la sala sanitaria del pueblo. Mientras tanto, en la casa quinta, Trida les contó a sus amigos que había tenido relaciones íntimas con la joven, sin especificar nada más. Se sacó su remera manchada de sangre e intentó lavar las manchas, sin conseguirlo.
Pidió una remera prestada y le solicitó a uno de los jóvenes ayuda para limpiar el auto, aunque este se negó.
A ella le costó mucho llegar, ya que tenía sandalias y la sangre hacía que se resbalara. Cada vez sentía menos fuerzas. Logró llegar a la salita, donde la enfermera le permitió bañarse. Como toda su ropa estaba ensangrentada, en la sala le prestaron una remera holgada para cubrirse. Sin embargo, el sangrado persistía.
Transcurrió más de media hora hasta que la médica del pueblo, Marisa Fáuez, acudió a atenderla. Al poco rato de que esta llegara, sintiéndose desmayar, sus últimas palabras fueron “¡Qué vergüenza, mamá!”. Y quedó inconsciente.
Mientras la joven permanecía en la salita, aguardando atención médica y tratando vanamente de higienizarse, Trida estaba a dos cuadras de allí, en una heladería.
La joven fue trasladada de urgencia al hospital de General Pinto y, luego, dada la gravedad y el progresivo riesgo de vida, terminó en Terapia Intensiva, sin recuperar la consciencia por más de un mes, con peligro inminente de muerte.
Tras casi diez años del hecho, la Justicia condenó a Trida por “Abuso sexual con acceso carnal”.
* Datos extraídos de la causa judicial y del testimonio de la víctima.