En histórico amparo la Justicia falló a favor de los vecinos por el agua de 9 de Julio
Después de más de 16 años de reclamo, la Justicia condenó a ABSA y a la Provincia de Buenos Aires a garantizar que el agua de red cumpla con los parámetros del Código Alimentario Argentino y fijó un límite de arsénico de 0,01 mg/l, al tiempo que consideró cumplidas las obras realizadas durante el proceso, entre ellas la planta de tratamiento de arsénico y la conexión del sector de Ciudad Nueva.
La Plata (Por InfoGEI).-La Justicia dictó sentencia definitiva en el histórico amparo iniciado en 2010 por vecinos de 9 de Julio por la calidad del agua de red, que denunciaban la presencia de arsénico, nitratos, flúor y sólidos disueltos por encima de los parámetros establecidos para el consumo humano.
El fallo condenó a Aguas Bonaerenses SA (ABSA) y a la Provincia de Buenos Aires a garantizar que el agua de uso domiciliario cumpla con los parámetros del Código Alimentario Argentino, estableciendo que el nivel de arsénico no puede superar los 0,01 mg/l.
Según reporta el medio Infonoroeste, el expediente «Kersich, Juan Gabriel y otros c/ Aguas Bonaerenses SA y otros s/ Amparo» llegó en 2014 a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que destacó la importancia del acceso al agua potable por su vínculo con derechos fundamentales como la vida y la salud, y ordenó encauzar el reclamo como un proceso colectivo.
Durante estos años, el expediente derivó en distintas medidas de control y obras de infraestructura, entre ellas la planta de tratamiento de 9 de Julio con capacidad de 600 metros cúbicos por hora destinada a reducir el arsénico, y la conexión del sector de Ciudad Nueva al sistema de ABSA.
La organización «9 de Julio Todos por el Agua» tuvo un rol central durante todo el proceso, realizando presentaciones, acciones de difusión y seguimiento de las medidas adoptadas. El fallo reconoce esa participación y el impacto que tuvo el reclamo para instalar la problemática del agua potable en la agenda pública.
Si bien condena a ABSA y a la Provincia a realizar las obras necesarias para garantizar la calidad y potabilidad del agua, en el mismo pronunciamiento considera cumplida esa obligación en función de las intervenciones ejecutadas durante estos años, y las costas del proceso quedaron a cargo de ABSA y de la Provincia. Después de más de una década y media de recorrido judicial, el fallo fija un estándar concreto para la calidad del agua de red en 9 de Julio y reconoce el reclamo sostenido por los vecinos. (InfoGEI)
